La Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas proclamó que los niños tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Eso lo recuerda el preámbulo de la Convención sobre Derechos del Niño (CDN), promulgada el 20 de noviembre de 1989, en la Asamblea General de la ONU, que entró en vigencia en septiembre de 1990. El Estado venezolano es signatario de esa convención. Este mes, pues, se cumple otro aniversario de ese importante instrumento internacional que tiene como beneficiarios a toda esa población menor de 18 años, tal como lo establece en su artículo 1.

Esto es una buena oportunidad para recordar los principios y derechos contemplados en dicha CDN, porque su aplicación sigue siendo muy necesaria en un mundo con hambre, conflictos bélicos abiertos, migración forzada, niños y niñas fuera de la escuela… Y, especialmente aquí, en Venezuela, donde tenemos niños, niñas y adolescentes (NNA) huérfanos de protección integral.

Es bueno mencionar que la CDN ha sido firmada por 196 países, lo que le convierte en el instrumento de defensa de DDHH más ratificado en la ONU.

Recordamos algunos de esos principios aprobados: el interés superior del niño, el derecho a la vida, supervivencia y desarrollo, la participación y la no discriminación. ¡Esto ha valido para todos los NNA, independientemente de su raza o situación de sus padres!

La CDN se pasea por todos los derechos necesarios para el desarrollo de los NNA en cuanto a su protección contra cualquier tipo de violencia o explotación. La CDN trasciende fronteras. Son 54 artículos.

También los Estados signatarios se comprometen a adecuar sus leyes para la infancia a la CDN, eso lo que hizo nuestro país al crear la LOPNNA.

De igual modo, la Convención también establece que los Estados signatarios se comprometen a difundir lo contemplado en este instrumento (Art.42) y a presentar informes periódicos sobre la situación de los derechos de los NNA en su país (Art.43). En Venezuela existe, entre otros, la Red de Defensa de los DDHH de NNAA (REDHNNA), conformada en el 2006, que defiende, difunde, asesora, propone, apoya a los NNA, sus familias, maestros…

Finalmente, como parte de lo que se puede hacer para celebrar este nuevo aniversario de la promulgación de la CDN, compartimos estrofas de las que hacemos para el trabajo de educación en ciudadanía y los DDHH en las escuelas.

La Convención es un medio/ de protección para los niños/ por eso hay que difundirla/y ponerle mucho cariño//

Los niños tienen derecho/ al amor y protección/ yo no lo estoy inventando/ lo dice la Convención//

De cuidados especiales/ requieren niñas y niños/ crecer en ambientes sanos/ rodeados de gran cariño//

En los DDHH/ no hay discriminación/ son para todos los niños/ lo dice la Convención (Art. 2)//

Interés superior del niño/ debemos considerar y si hay que tomar decisiones/ que vean por su bienestar// (Art.3)

Derecho a su desarrollo/ y en familia poder vivir/ eso los niños y niñas/ hoy lo tienen que exigir// (Art. 6)

Los niños tienen derecho/ a expresar sus opiniones/ eso debe de velarse/ por las organizaciones// (Art. 12)

El derecho a la salud/ y a estar bien alimentados/ reducir mortalidad/ eso está bien expresado// (Art. 24)

El artículo 28/ habla de la Educación/ Primaria es obligatoria/ educar sin excepción//

Los Estados signatarios/ tienen la obligación/ de dar conocer a todos/ esta hermosa Convención// (Art. 42)

Esta Convención del Niño/ es toda una bendición/ por eso hay que apoyarla / y ponerle corazón //

Bueno, tenemos más estrofas, pero por ahora basta con estas para animarles a conocer la CDN. Si no la conocen, conózcala y a defenderla para que se aplique en este país, como ya dijimos, con tantos niños, niñas y adolescentes huérfanos de protección.

Por: Luisa Pernalete

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